{# Datos estructurados: sin esto Google no sabe que es un articulo, quien lo firma ni cuando se escribio, y tarda mucho mas en posicionarlo. #}
← Guías para talleres

Multa por ITV caducada: lo que dice la ley y lo que repite mal la prensa

Guía 3 de agosto de 2026 6 min de lectura

Circular con la ITV caducada es una infracción grave y se sanciona con 200 €, que se quedan en 100 € si se paga en los 20 días siguientes con la reducción por pronto pago. No conlleva retirada de puntos del carné.

Ese último punto conviene subrayarlo, porque es donde falla casi todo lo que vas a encontrar buscando en Google.

El bulo de los tres puntos

Hay una cantidad notable de artículos, publicaciones en redes y hasta medios de motor que afirman que la ITV caducada cuesta “200 € y 3 puntos”. Es falso.

Las infracciones que detraen puntos están tasadas: son las que figuran en el Anexo II de la Ley sobre Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015). Ninguna infracción relacionada con la inspección técnica aparece en ese anexo. Si no está en la lista, no hay puntos. No es una interpretación: es que el catálogo es cerrado.

Te importa por dos razones. La primera, que si le sueltas a un cliente que va a perder puntos y luego resulta que no, has quemado tu credibilidad en el resto de la conversación. La segunda, que el argumento real ya es lo bastante fuerte sin exagerarlo. No hace falta inflarlo.

Qué cuesta cada supuesto

ITV caducada: 200 €. Infracción grave. Sin puntos.

ITV desfavorable: circular con una inspección resuelta como desfavorable, fuera de los desplazamientos permitidos para ir a reparar y volver a inspeccionar, también son 200 €. Los plazos para volver a la estación y qué puede hacer el cliente mientras tanto están en ITV desfavorable: qué puede hacer el cliente.

ITV negativa por defectos muy graves: aquí sube. La sanción puede alcanzar los 500 € y el vehículo no debe circular por sus propios medios: sale de la estación en grúa. Un defecto muy grave implica riesgo directo para la seguridad.

Conviene distinguir esto bien, porque la cifra de 500 € circula por internet asociada erróneamente a “llevar más de un año sin pasarla”. Lo que está claramente documentado es el supuesto de la ITV negativa por defectos muy graves. Si un cliente te pregunta por el caso de un retraso muy largo, lo honesto es decirle que la sanción base son 200 € y que el agente valora las circunstancias.

No hay días de cortesía

La infracción existe desde el día siguiente al vencimiento. No hay periodo de gracia, no hay una semana de margen, y tener cita pedida no te protege: se han puesto denuncias a conductores que iban camino de la estación con la cita confirmada.

Esto último ha generado litigios, y hay sentencias que han anulado sanciones concretas atendiendo a las circunstancias del desplazamiento. Pero una sentencia de un juzgado no cambia la norma general: el criterio de partida sigue siendo que circular sin ITV en vigor es sancionable desde el primer día.

La inmovilización, que es lo que de verdad duele

La multa es lo de menos. Lo que descoloca a un cliente es que el agente puede inmovilizar el vehículo en el acto y retirarle el permiso de circulación. A partir de ahí tiene un plazo corto para regularizar la situación; si no lo hace, se puede acordar el precintado del vehículo.

Para un autónomo con furgoneta, eso no son 200 €. Son 200 € más el día de trabajo perdido, más la grúa, más los portes que no ha hecho. Cuando le expliques esto a un cliente que va con seis meses de retraso, empieza por aquí.

El seguro: el punto que casi nadie menciona

En caso de siniestro, la aseguradora puede negarse a cubrir los daños propios del vehículo si circulaba con la ITV caducada. La responsabilidad civil frente a terceros se mantiene, porque es obligatoria y protege a la víctima, pero la compañía puede después repetir contra el asegurado.

Es decir: un coche con la ITV vencida que tiene un accidente puede acabar siendo pérdida total sin indemnización. Ese es el argumento que hace que un cliente reticente coja el teléfono y pida cita. No la multa: el coche.

Por qué esto es asunto tuyo y no solo del cliente

Según AECA-ITV, más del 30% de los vehículos obligados a pasar la inspección no la hicieron en 2025. Uno de cada tres. Si tienes 400 clientes en tu fichero, hay más de cien coches ahí fuera circulando fuera de plazo ahora mismo.

Ninguno de ellos ha decidido conscientemente saltarse la ley. Simplemente se les ha pasado la fecha. La tarjeta está en la guantera, el adhesivo del parabrisas lo ven todos los días y no lo miran, y nadie les ha avisado.

Ese aviso es trabajo directo para tu taller. Un coche que va a pasar la ITV suele necesitar antes una revisión: pastillas, neumáticos, luces, suspensión, emisiones. Y los datos de AECA-ITV apuntan en la misma dirección: retrasar la inspección más de un año aumenta hasta un 65% la probabilidad de que se detecten defectos graves o muy graves, y los vehículos con seis a doce meses de retraso presentan un 51% más de defectos graves que los que van en plazo.

Traducido a tu foso: los coches que llegan tarde llegan peor. Son intervenciones más grandes.

Qué hacer con esto mañana

  1. Coge tu fichero de clientes y mira cuántos tienen la ITV vencida o a punto.
  2. Llámalos o mándales un mensaje. No con la matraca de la multa: con el argumento del seguro y el de la inmovilización.
  3. Ofrécele una revisión pre-ITV antes de que vaya a la estación.

El paso 1 es el que nunca se hace, porque repasar fichas a mano es tedioso y siempre hay un coche esperando. En cómo avisar a tus clientes antes de que les caduque la ITV explicamos cómo dejar ese repaso hecho sin que nadie tenga que acordarse.

Y si quieres tener la tabla de plazos a mano para responder por teléfono sin dudar, la tienes en cada cuánto hay que pasar la ITV.